Licencia Animales Potencialmente Peligrosos

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PSICOTECNICO: Animales Peligrosos

LICENCIA ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

La licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos tiene carácter unipersonal, y la deberán obtener tanto el propietario como otras personas que pudieran llevar al animal en espacios públicos o privados de uso común.

La licencia debe obtenerse con carácter previo a la adquisición del animal, o en el plazo de un mes desde que el animal es calificado como Potencialmente Peligroso. (Puedes ver el listado de perros potencialmente peligrosos al final de este artículo).

La solicitud se realiza mediante un formulario que encontrarás en las Juntas Municipales de Distrito, acompañada de la documentación que se señala a continuación:

  • DNI (que acredita la identidad del solicitante, así como su mayoría de edad)
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica. El RECONOCIMIENO necesario para obtener este certificado lo realizamos en PSICOMED LAS TABLAS.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
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Si deseas obtener o renovar un certificado para la Obtención o la Prórroga, de la Licencia de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos necesitarás un certificado de capacidad física y aptitud psicológica. Este certificado lo puedes obtener en PSICOMED LAS TABLAS y tendrá una validez de 1 año.

La licencia que te den al presentar el certificado junto con los demás documentos (anteriormente citados) te valdrá para 5 años.

¿EN QUE CONSISTE EL PSICOTECNICO PARA LICENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS?

Este proceso tan solo durará de 15 a 20 minutos y consistirá en:

1) Exploración Médica:

  • Anamnesis (entrevista)
  • Examen físico general
  • Examen físico por sistemas: agudeza auditiva y visual, sistema locomotor, dificultades perceptivo-motoras (entre otros)
  • Otros: Se realizan ante la sospecha de alguna patología.

* En caso de cirugía reciente, o toma de medicación importante (ej. Sintrom, radioterapia, quimioterapia) deberá presentar un informe médico.

Exploración Psicológica:

  • Anamnesis (entrevista)
  • Test de personalidad

¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y RENOVACIÓN DE ESTA LICENCIA?

La obtención o renovación de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos requerirá el cumplimiento por parte del interesado de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

c) No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de animales potencialmente peligrosos. No obstante, no será impedimento para la obtención o, en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

d) Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

e) Poseer un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).

CUALES SON LOS PERROS CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos en la Comunidad de Madrid:

Los que pertenezcan a las razas relacionadas en el anexo I del Real Decreto 287/2002 y a sus cruces:

  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffodshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu

Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el anexo II del mismo Decreto, que son:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Otros casos

En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.

Si tienes dudas o quieres obtener más información llámanos al 914270781, o consulta nuestro blog.